¿HABRA
JUSTICIA PARA LOS ALEMANES DESAPARECIDOS EN ARGENTINA?
Katya
Salazar, Mayo 1998
Betina Ehrenhaus
es alemana y vive en Buenos Aires. En los años cuarenta
su abuelo, Regisseur de la Opera de Dresden, emigró a America
huyendo de la guerra. Buscaba un país en paz y eligió
Argentina. Nunca se imaginó que allí la historia
se repetiría. En 1979 Betina tenia solo 21 años.
Era domingo y estaba con Pablo, su novio, con quien se dirigía
a casa de sus padres cuando fueron interceptados por tres autos
de donde bajaron media docena de individuos fuertemente armados
quienes los golpearon, los vendaron, los introdujeron en el piso
de uno de los vehículos y se los llevaron a la Escuela
de Mecanica de la Armada (ESMA). Alli fue encapuchada, interrogada
y torturada con una picana electrica" en el pecho,
vientre, piernas y boca hasta desmayarse. Le pedian que cantara"
pero ella no sabia de lo que le hablaban. Dos días después
la volvieron a meter en un auto y poco después la liberaron
amenazándola de muerte si contaba lo que habia visto y
oido. El último recuerdo que tiene de Pablo son sus gritos
mientras era torturado. Nunca mas lo volvio a ver.
Marcelo Weisz,
su esposa Susana González y su bebé de apenas tres
meses de edad fueron secuestrados en plena vía pública
el 16 de febrero de 1978 por unos desconocidos quienes posteriormente
entregaron el niño a la madre de Susana a quien le informaron
acerca de la detención" de la pareja. Numerosos
testigos vieron a Marcelo y Susana en los centros clandestinos
de detención El Banco" y El Olimpo",
ubicados en la ciudad de Buenos Aires y dependientes del Primer
Cuerpo del Ejército a cargo de Carlos Guillermo Suárez
Mason. Desde su secuestro y durante un año Marcelo visitó"
a su familia en compañía de sus torturadores. En
palabras de la madre de Marcelo: ...sus represores lo trasladaban
a mi casa, como el famoso Turco Julián", Colores"
del Cerro y un personaje denominado El Tío"...
llegaban a mi casa, comían, bebían y permanecían
un rato, generalmente los días sábados y por el
término de dos horas. Marcelo me decía que estaba
bien y que hacía trabajos de oficina" junto
a otros compañeros"...". A partir de enero
de 1979 no se supo más de Marcelo ni de su esposa hasta
mayo de 1995 en que la madre de Marcelo vió en un programa
de television al ex-oficial de la policía federal HectorJulio
Simón, más conocido como el Turco Julián",
a quien reconoció como uno de los hombres que fue a su
casa con su hijo durante un año. Acusado por decenas de
sobrevivientes pero libre gracias a las leyes de punto final y
obediencia debida, el Turco Julián" reivindicó
frente a las cámaras lo actuado durante la última
dictadura, reconoció que la orden general era matar
a todo el mundo" y señaló a la pareja Weisz
como dos desaparecidos" que luego fueron asesinados.
El camino
de la Impunidad
Antes de dejar
el poder, la última Junta Militar argentina emitió
importantes documentos en donde asumía la total responsabilidad
por el planeamiento, supervisión y ejecución de
la guerra contra la subversión. Reconocio el uso de métodos
no convencionales" en la lucha a la vez que declaraba que
el accionar" de los miembros de las Fuerzas Armadas
en las operaciones relacionadas con la guerra" librada
constituían actos de servicio" y afirmaba que
no hay desaparecidos con vida" sino muertos en
enfrentamiento". Por si fuera poco, dictó la llamada
Ley de Autoamnistía" (1)
en donde declaraba extinguida la acción penal por delitos
cometidos por las fuerzas de seguridad en la lucha contra la subversión
entre mayo de 1973 y junio de 1982.
Después
de las elecciones de 1983, parecía que la tendencia del
nuevo gobierno era a favor del juzgamiento y castigo de los responsables
por las miles de desapariciones ocurridas durante la dictadura.
Recién asumida la presidencia, Raúl Alfonsín
ordenó el enjuiciamiento de los miembros de las tres primeras
Juntas Militares sumándose esta orden presidencial a los
cientos de juicios que estaban en trámite contra represores
de todas las jerarquías. Respecto a la Ley de Autoamnistía",
el nuevo Congreso la declaró inconstitucional, nula y sin
efecto jurídico dejando libre el camino para el juzgamiento
de los responsables de tantas atrocidades (2).
Pero esta tendencia se modificó radicalmente cuando tiempo
despues promulgó las llamadas leyes de Punto Final"
(3) y Obediencia Debida" (4).
con las que casi elimino toda posibilidad de juzgamiento por los
delitos cometidos durante la dictadura. Finalmente, y a traves
de una serie de indultos presidenciales otorgados por el presidente
Menem, los pocos militares que todavía se encontraban en
prisión fueron puestos en libertad.
Justicia
sin fronteras
Perdidas las
esperanzas de obtener justicia en tribunales nacionales a los
familiares de las víctimas no les quedó otra alternativa
que acudir a tribunales extranjeros. En 1983 familiares de cien
italianos desaparecidos durante la dictadura argentina presentaron
una primera denuncia ante la fiscalía romana. En octubre
de 1989 el capitán Alfredo Astiz fue condenado por la Corte
de Apelación de París a cadena perpetua por la muerte
de dos monjas francesas. A mediados de 1996 el Juzgado No. 5 de
la Audiencia Nacional española inició una investigación
por los delitos de terrorismo y genocidio en agravio de españoles
durante la dictadura militar en Argentina.
Pero ellos
no eran los únicos extranjeros "desaparecidos"
en Argentina . Por lo menos setenta personas, entre alemanes y
descendientes de alemanes, perdieron la vida durante la dictadura
militar. Aunque sus familiares acudieron a todas las instancias
nacionales, internacionales, laicas y religiosas para denunciar
los hechos e hicieron todos los trámites -formales e informales-
que se les exigia nunca obtuvieron respuesta. En 1983 un grupo
de familiares presento un habeas corpus conjunto por la desaparición
de 48 alemanes y de orígen aleman que nunca tuvo respuesta.
La embajada alemana en Argentina tampoco hizo mucho por sus ciudadanos.
Idalina de Tatter, cuyo esposo fue secuestrado en 1976, vino a
Alemania a presentar una denuncia contra el Ministro de Relaciones
Exteriores y otros miembros de su ministerio (entre ellos varios
funcionarios de la embajada en Argentina) por denegacion de ayuda.
Tiempo después, la denuncia fue archivada.
A pesar de
la frustracion y los años transcurridos, los familiares
seguían reuniéndose periódicamente y trabajando
activamente hasta que hace unos meses se plantearon la posibilidad
de iniciar un proceso penal en Alemania. Con procesos semejantes
en España e Italia y una condena firme en Francia, el contexto
era propicio. Fue entonces cuando Adolfo Perez Esquivel, Premio
Nobel de la Paz y tambien víctima de la represión
argentina, se dirigió al Centro de Derechos Humanos de
Nuernberg solicitando a través de ellos el apoyo de las
organizaciones alemanas para el impulso de este juicio.
La
Coalición contra la Impunidad: verdad y justicia para
los desaparecidos alemanes durante la dictadura militar en Argentina
1976-1983
En marzo de
1998, después de varios meses de consultas y trabajo preparatorio,
se crea la Coalición contra la Impunidad"
(5)como una alianza de organizaciones no
gubernamentales de derechos humanos asi como la iglesia evangélica
y católica unidas con el propósito común
de llevar adelante un juicio ante tribunales alemanes por la desaparición
de ciudadanos alemanes y de orígen alemán durante
la dictadura militar argentina. El siete de mayo fue la presentación
oficial de las denuncias en la sede del Ministerio de Justicia
alemán. Ademas de los abogados y representantes de la Coalicion
se conto con la presencia de Adolfo Perez Esquivel, Betina Ehrenhaus
e Idalina Tatter. Las denuncias incluyen el caso de Betina y el
Federico Tatter, esposo de Idalina, asi como los de Marcelo Weisz
y Alfredo Coltzau. Los denunciados son 41 miembros en retiro y
en actividad de las fuerzas armadas y de seguridad argentinas,
incluidos los miembros de las Juntas Militares que gobernaron
Argentina entre 1976 y 1983. Al no haber reglas claras de competencia
para este tipo de casos, el Ministerio de Justicia derivara las
denuncias a la Corte Suprema Federal (Bundesgerichtshof) quién
determinara en las proximas semanas la fiscalía competente.
Ese mismo
día por la tarde se realizó una Audiencia
Pública contra la Impunidad" en una de las salas del
Parlamento alemán. Mientras Betina Ehrenhaus e Idalina
Tatter dieron sus testimonios y expresaron su confianza en la
justicia alemana, Adolfo Perez Esquivel expuso sobre el problema
de las violaciones a los derechos humanos durante la última
dictadura militar argentina y el caso concreto de los alemanes
y descendientes de alemanes. Estuvieron tambien presentes miembros
de los equipos de trabajo de los juicios en España e Italia.
Representantes del Instituto Max Planck y del Ministerio de Justicia
alemán expusieron sobre los aspectos legales y las posibilidades
de una denuncia de este tipo en Alemania y Tino Thun, abogado
alemán, sobre derechos humanos y la politica exterior alemana
con Argentina entre 1976 y 1983.
Las denuncias
presentadas estan amparadas en el articulo 7 inciso 1) del Código
Penal alemán que incorpora el principio de personalidad
pasiva y permite la aplicación del derecho penal alemán
a extranjeros por hechos cometidos en el extranjero contra un
ciudadano alemán, cuando el hecho sea también punible
en el lugar de comision de los hechos. Los delitos alegados son
asesinato, privacion ilegal de la libertad y lesiones, delitos
que también estan contemplados en el Código Penal
argentino.
De acuerdo
al Dictamen elaborado por el Instituto Max Planck(6)
las leyes argentinas de impunidad mencionadas párrafos
arriba son irrelevantes para los organos alemanes de justicia
en el marco del articulo 7 inciso 1 del Codigo Penal aleman. La
jurisprudencia alemana ha establecido en casos anteriores que
" ...solo tiene importancia si se ha realizado el tipo penal
extranjero. Normas extranjeras de persecucion de la pena no impiden
una persecucion penal en alemania...(7)"
. En cuanto a la doctrina, señala el Dictamen que "
...la opinion reinante en la literatura comparte la de la jurisprudencia
y con los mismos argumentos considera irrelevantes obstaculos
procesales de persecucion - tales como una amnistia- en el marco
del art. 7 inc 1 StGB...(8)".
Como un tercer argumento, el Dictámen menciona la ilegalidad
de estas leyes desde el punto de vista del Derecho Penal Internacional
Público que establece la obligación de perseguir
y castigar graves violaciones de derechos humanos -como desaparición
forzada, ejecuciones extrajudiciales y tortura- y señala
limites especificos para las amnistías e indultos.
En cuanto
a los hechos alegados en las denuncias, la mayoria han sido probados
en diferentes instancias tanto nacionales como extranjeras. En
la sentencia del juicio contra las Juntas Militares quedo probada
la existencia un aparato de poder que ordeno una manera de luchar
contra la subversion consistente en "...capturar a quienes
pudieran resultar sospechosos de tener vinculos con la subversion...interrogarlos
bajo tormentos...someterlos a condiciones de vida infrahumanas...efectuar
todo lo descrito anteriormente en la clandestinidad mas absoluta...con
amplia libertad a los cuadros inferiores para determinar la suerte
del aprehendido que podia ser luego liberado, puesto a disposicion
del Poder Ejecutivo Nacional, sometido a proceso militar o civil
o bien eliminado fisicamente...(9)"
Las cartas
ya estan echadas. Solo estamos esperando la determinacion de la
fiscalía competente para empezar esta nueva etapa del trabajo
en la que de seguro nos encontraremos con muchos obstáculos
que esperamos superar. Confiamos en que Alemania, que fue protagonista
de la barbarie nazi del Holocausto judío, se ponga a la
altura de sus pares europeos y esta vez se decida a buscar justicia
para sus ciudadanos como no lo hizo hace 20 anos. O será
cierto que -como le dijo hace 19 años un funcionario de
la embajada alemana a Betina Ehrenhaus- vender un Mercedes Benz
es mas importante que buscar un "desaparecido" ?
Notas
(1)
Ley 22.924 del 22.9.83
(2) Ley 23.040 del 22.12.89
(3) Ley 23.492 del 23.12.86
(4) Ley 23.521 del
5.6.87
(5) Para mas información
ver la página
web de la Coalición
(6) Instituto Max-Planck
para el Derecho Penal Extranjero e Internacional, Freiburg, 1998.
Dictamen acerca del siguiente problema juridico : Existe una posibilidad
para la Republica Federal de Alemania para la persecución
penal de miembros de organismos estatales argentinos por delitos
de "desaparición" cometidos en ese país
durante el periodo de la dictadura militar (1976-1983) a pesar
de disposiciones nacionales de exclusión de pena (leyes
de impunidad) ?
(7) Idem.
(8) Idem.
(9) La Sentencia, Tomo
II. Imprenta de la Nación, Buenos Aires.