Por una justicia internacional justa

Rainer Huhle

(Nuremberg, Agosto del 2000)

Grandes han sido los avances, durante los últimos años, en el camino hacia un sistema universal de justicia frente a los graves crímenes contra los derechos humanos. En Roma se decidió, con una mayoría impresionante de los gobiernos representados, la instauración de una Corte Penal Internacional. Para el año en curso se espera un buen número de ratificaciones. Con Italia y Francia, al cierre de redacción, dos países grandes de la Unión Europea habían ratificado el Estatuto de Roma. Francia es además el primer miembro permanente del Consejo de Seguridad que de tal manera se somete a la autoridad de la Corte Penal Internacional.

En el caso de la Corte Penal Internacional de la Ex-Yugoslavia, se vio que sus investigaciones de los crímenes cometidos en las guerras en Bosnia y Croacia no dejaron de dar resultados, si bien talvez a un ritmo menos veloz de lo esperado.

En el otro escenario de la justicia internacional, la aplicación de los principios del derecho universal, también se observaron avances importantes. La detención del general Pinochet en Londres y la decisión de los jueces británicos de que, por lo menos en algunos casos, el ex-general debe ser juzgado por una corte de España, abrió un importante nuevo capítulo del derecho internacional. La maniobra política del gobierno británico que finalmente impidió la extradicción del verdugo de los chilenos, no puede ocultar que el panorama para los dictadores del mundo ha cambiado. Y sin duda, de manera

indirecta pero eficaz, ha contribuído a cambiar la relación de fuerzas en Chile. Sin su aventura en Londres, el ex-dictador nunca habría sido despojado en Chile de su pretendida inmunidad, como ocurrió en los días que precedieron al cierre de edición de memoria.

Estos logros son conquistas importantes para el derecho de los derechos humanos. Sin embargo, no deben desviar la atención de algunos acontecimientos que son motivo de preocupación y pueden echar dudas sobre la voluntad de algunos gobiernos, y no disminuir el rigor con que las mismas instituciones veladoras de los derechos humanos quieren despechar el camino hacia un orden universal e imparcial del derecho internacional.

En el caso de la Corte Penal Internacional, nos preocupa no sólo que hasta el momento no más de doce países hayan ratificado el tratado de Roma. Las conversaciones en el seno del comité preparatorio que debe redactar las reglas de procedimiento para el buen funcionamiento de la Corte han puesto en evidencia que la actitud de los pocos gobiernos que no aprobaron el estatuto de la Corte en la forma tal como quedaba en Roma, no ha cambiado.

Mención especial merece la posición del gobierno de Estados Unidos, el cual parece buscar ahora en las reglas de procedimiento lo que no pudo conseguir en las sesiones de Roma para el estatuto mismo.

Paralelamente se nota una serie de intentos de presionar a otros gobiernos a asumir la posición de Estados Unidos. Esta posición busca impedir, de cualquier manera, que la Corte pueda ejercer su jurisdicción sobre ciudadanos de un país que no haya suscrito formalmente su sumisión bajo la competencia de la Corte. Si esto por sí ya es preocupante, porque disminuye considerablemente el alcance de la futura Corte, es peor la expectativa que la actitud del gobierno de Estados Unidos crea hacia el proceso de ratificación. La posición norteamericana se entiende como un condicionamiento de la jurisdicción de la Corte a la voluntad de un gobierno nacional, el más poderoso del mundo además, lo que desde su inicio le quitaría a la Corte la autoridad moral tan necesaria para que sea reconocida en todo el mundo como último recurso de justicia impecable.

Si el principio de la igualdad ante la ley no es rigurosamente respetado en la construcción de la Corte, le faltará desde el comienzo la autoridad que ningún medio de coerción después le podrá restituir.

El Centro de Derechos Humanos de Nuremberg se une al coro de voces de todo el mundo, incluso desde Estados Unidos, que clama porque todos los gobiernos ratifiquen el estatuto de la Corte a la brevedad posible y dejen de minar los esfuerzos de una gran mayoría de gobiernos para poner en marcha ya pronto esta Corte tan deseada por las víctimas de violaciones de derechos humanos en todo el mundo. Recordamos las palabras que el fiscal norteamericano Robert M. Jackson, en representación de su gobierno, pronunció al inicio del Tribunal Militar Internacional en Nuremberg contra los criminales del gobierno nazi:

"Nunca debemos olvidar que nosotros seremos juzgados por la historia con la misma medida con que juzgamos a los acusados de hoy. Brindarles un cálice envenenado a estos acusados significaría brindarlo a nosotros mismos. Tenemos que dedicarnos a esta tarea del juicio con tal soberanía e incorruptibilidad mental que este Tribunal aparecerá a las generaciones posteriores como el cumplimiento del anhelo humano por la justicia." El fiscal Jackson, en su momento, cumplió con su palabra. Esperamos ahora que el gobierno que él representó y los demás gobiernos del mundo no queden atrás de estas promesas hechas hace más de medio siglo.

El problema de una sola medida para todos los actores se ha planteado también en el Tribunal para la ex-Yugoslavia. La fiscalía de esta Corte, que tiene competencia, sin límite temporal, para todo el territorio de la antigua Yugoslavia, tuvo que examinar si los ataques aéreos de la Organización del Tratado del Atlantico Norte, OTAN, en la guerra del Kosovo eran calificables como infracciones al derecho internacional humanitario. Human Rights Watch y Amnistía Internacional habían presentado amplia documentación de los bombardeos, sus efectos y sus motivos. El informe de la fiscalía que llegó a recomendar no abrir una investigación formal, expresó dudas acerca de algunos de los ataques que tuvieron como consecuencia víctimas civiles. El mismo tenor del documento, redactado con suma prudencia y el visible esfuerzo de atenerse estrictamente a la letra de las convenciones de Ginebra, transmite la impresión de que la conclusión de no abrir investigación no era la única posible. Las razones proferidas para la decisión se resumen en que "o la norma no es lo suficientemente clara, o las investigaciones tienen pocas probabilidades de producir evidencia suficiente para substanciar una acusacion..." Si esta es la absolución, por cierto no es de primera clase. Especialmente el argumento de que existen pocas posibilidades de conseguir las evidencias es poco convincente cuando el mismo informe constata que cuando se inquirió a la OTAN sobre determinadas acciones militares específicas, la respuesta "fue dada en términos genéricos y no en relación con el incidente específico." A pesar de esto, el informe de la fiscalía "ha tendido a asumir que las declaraciones a la prensa de la OTAN y sus miembros son generalmente fieles y las explicaciones fueron hechas con honestidad." ¿No sería esta falta de información precisa, cuando se trata de decidir por ejemplo si un objetivo era legítimo en términos del derecho internacional, motivo para sí abrir una investigación exhaustiva en vez de resignarse ante la poca posibilidad de conseguir esta información y afirmar la buena voluntad del investigado?

Parece ser que la Corte de La Haya ha perdido una gran oportunidad de probar su independencia de los grandes poderes que tienen la voz cantante tanto en la OTAN como en el Consejo de Seguridad de la ONU.

En el hemisferio americano se agrega otro hecho que pone en tela de juicio la eficacia y autonomía de los mecanismos de protección de los derechos humanos. En señal de protesta contra una decisión de la Corte Interamericana, el gobierno del Perú suspendió su reconocimiento de la jurisdicción de la Corte. Si bien la misma Corte, apoyada por la CIDH, declaró insubsistente esta medida del gobierno peruano, se requiere una postura enérgica de la Organización de Estados Americanos, OEA, en apoyo de „su" Corte. La actitud del gobierno de Fujimori, mientras quede impune, se convierte en un precedente peligroso que tiende a debilitar y deslegitimar el sistema internacional de protección de los derechos humanos. En momentos de redactar este editorial subsistía además el peligro de que la falta de apoyo de sus propios instrumentos se repitiera en la OEA en el caso de su misión de observación de los comicios peruanos. Pese a las críticas profundas que la misión profirió y que la motivaron a terminar su tarea antes de la segunda vuelta de las elecciones, la OEA no optó por medidas más fuertes que el envío de una misión de alto nivel al país.

Tres ejemplos que nos grafican la debilidad que padece todavía el sistema internacional de protección de los derechos humanos en general, y los límites de la independencia y eficacia de un sistema de justicia internacional en particular. En el campo de los derechos humanos no hay conquistas definitivas. Los logros que indiscutiblemente se han conseguido, hay que defenderlos.


 

 


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